Un nuevo informe de Oxfam describe cómo la mayor comercializadora de materias primas agrícolas del mundo logró concentrar aún más tierra en Colombia.
Bogotá, Colombia. La agencia internacional Oxfam llama al gobierno colombiano a esclarecer la legalidad de las transacciones realizadas por Cargill – la mayor comercializadora de materias primas agrícolas del mundo –entre 2010 y 2012, adquiriendo más de 52,000 hectáreas de tierra en la región de la Altillanura, Colombia, a través de 36 sociedades creadas para este fin.
En el nuevo informe lanzado hoy, Oxfam detalla como Cargill habría logrado evadir la restricción legal mediante una operación de compra fraccionada, superando en 30 veces el máximo permitido por la ley a un solo propietario.
El reparto de la tierra en Colombia es extremadamente desigual, pues la tasa de concentración de tierra es de las más altas del mundo y la segunda de América Latina, sólo después de Paraguay. Esta inequidad en el acceso a la tierra va íntimamente ligada a la pobreza rural y es al mismo tiempo causa y consecuencia del conflicto armado interno que ha asolado el país durante más de medio siglo.
La agricultura a pequeña escala es clave
El gobierno sostiene que sólo grandes empresas son capaces de desarrollar el potencial productivo de la Altillanura, y por ello pretende establecer estímulos y reformas legales que allanen el camino a la inversión nacional y extranjera. Sin embargo, la pequeña economía campesina ha demostrado que puede ser tan o más eficiente, especialmente cuando se mide su aporte a la seguridad alimentaria, el empleo y la reducción de la pobreza.
De acuerdo con Aida Pesquera, directora de país de Oxfam en Colombia; "La inversión pública en agricultura a pequeña escala que garantiza la tenencia de tierras de los pequeños productores de alimentos es sin duda necesaria en Colombia. La inversión privada también es útil pero debe respetar los derechos y la legislación existentes relativa al uso del suelo, e incluir evaluaciones completas de los impactos sociales y ambientales a nivel local y nacional”.
"La concentración de grandes extensiones de tierra en las zonas que han sido destinadas por la ley a la agricultura familiar", continúa Pesquera "agrava la desigualdad social, el conflicto y empeora los problemas existentes de concentración de tierra en el país ".
Una Reforma Rural Integral pendiente
Este informe llega en un momento histórico para las cuestiones agrarias en Colombia en términos políticos, económicos y sociales: el paro agrario nacional, que comenzó en agosto de 2013 y que movilizó a la sociedad civil en general, no tiene precedentes recientes en el país y revela la importancia del desarrollo rural en Colombia; la nueva Ley de Desarrollo Rural en discusión; y las diversas iniciativas legislativas que tratan de regular la compra masiva de tierras por parte de extranjeros.
Como si esto no fuera bastante, la Reforma Rural Integral es el elemento clave en la agenda de las negociaciones de paz entre el gobierno colombiano y las FARC en La Habana. El gobierno colombiano ha demostrado su voluntad de avanzar hacia una reforma rural integral y una política agraria que fortalezca la economía de los pequeños productores.
“El caso de la inversión de Cargill en la Altillanura” concluye Pesquera “pondrá a prueba la coherencia de las políticas de un gobierno acorralado entre protestas nacionales sobre cuestiones agrarias y un compromiso público con una distribución más democrática de la tierra”.
Notes aux rédactions
- La metodología de investigación combina la identificación local de la tierra adquirida por Cargill con la revisión y análisis de los documentos públicos de la Superintendencia de Notariado y Oficinas de Registro y de la Cámara de Comercio de Bogotá.
- Sobre la distribución de tierra en Colombia: El 80 por ciento de la tierra en Colombia está en manos de 14 por ciento de los propietarios. Esta concentración está aumentando: el índice de Gini empeoró desde un 0,841 en 1960 a 0,885 en 2009. Este dato sitúa a Colombia en el lugar número once entre los países del mundo con mayor desigualdad en acceso a la tierra. Las mujeres enfrentan aún mayores dificultades para acceder a la tierra. Según algunos informes, el 40 por ciento del territorio colombiano está bajo algún tipo de contrato con corporaciones multinacionales, ya sea para la producción de biocombustibles o para la agricultura, la explotación forestal o la minería. Colombia ocupa el quinto lugar entre los 17 países latinoamericanos y del Caribe, donde la FAO ha encontrado una elevada inversión agrícola por parte de capital extranjero. En un informe reciente, la FAO advierte que hay tendencias de extranjerización de la tierra, favorecidos por la ausencia de límites y de regulación interna.
- Sobre la legislación colombiana: La tierra adquirida por Cargill había sido entregada por el Estado como parte de procesos de reforma agraria, es decir proviene de baldíos de la nación. Los baldíos son definidos por el artículo 675 del Código Civil colombiano como terrenos situados dentro de los límites territoriales que no tienen otro dueño, y por lo tanto es propiedad del Estado. La Corte Constitucional de Colombia ha señalado que dichos activos se deben utilizar para beneficiar a la sociedad, en este caso para cumplir con el artículo 64 de la Constitución, que ordena “al Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios de escasos recursos y para otros servicios públicos rurales, con el fin de mejorar el ingreso y la calidad de vida de la población campesina". La Ley 160, aprobada en 1994, permitió que el Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INCODER) adoptara decisiones sobre la asignación de tierras del Estado (baldíos) para la población rural de escasos recursos. La "Unidad de la Agricultura Familiar" (UAF) - establecida por la ley como la cantidad de tierras que se considera necesaria para que una familia obtenga un medio de vida decente - es el límite máximo que el Estado puede adjudicar a una sola persona. La misma Ley 160 de 1994 también prohibió que cualquier persona natural o jurídica acumulara mas de una UAF de tierras que hubiesen sido anteriormente adjudicadas como baldíos.
Puedes consultar el informe completo: Divide y comprarás: Una nueva forma de concentrar tierras baldías en Colombia
Contact
Para mayor información o entrevistas, favor de contactar a :
Riccardo D’Emidio, Gerente Regional de Comunicaciones y Campañas, +52 1 55 1320 8796
rdemidio@oxfam.org.uk
Sigue el debate en Twitter: #divideandpurchase #divideycompraras
- La metodología de investigación combina la identificación local de la tierra adquirida por Cargill con la revisión y análisis de los documentos públicos de la Superintendencia de Notariado y Oficinas de Registro y de la Cámara de Comercio de Bogotá.
- Sobre la distribución de tierra en Colombia: El 80 por ciento de la tierra en Colombia está en manos de 14 por ciento de los propietarios. Esta concentración está aumentando: el índice de Gini empeoró desde un 0,841 en 1960 a 0,885 en 2009. Este dato sitúa a Colombia en el lugar número once entre los países del mundo con mayor desigualdad en acceso a la tierra. Las mujeres enfrentan aún mayores dificultades para acceder a la tierra. Según algunos informes, el 40 por ciento del territorio colombiano está bajo algún tipo de contrato con corporaciones multinacionales, ya sea para la producción de biocombustibles o para la agricultura, la explotación forestal o la minería. Colombia ocupa el quinto lugar entre los 17 países latinoamericanos y del Caribe, donde la FAO ha encontrado una elevada inversión agrícola por parte de capital extranjero. En un informe reciente, la FAO advierte que hay tendencias de extranjerización de la tierra, favorecidos por la ausencia de límites y de regulación interna.
- Sobre la legislación colombiana: La tierra adquirida por Cargill había sido entregada por el Estado como parte de procesos de reforma agraria, es decir proviene de baldíos de la nación. Los baldíos son definidos por el artículo 675 del Código Civil colombiano como terrenos situados dentro de los límites territoriales que no tienen otro dueño, y por lo tanto es propiedad del Estado. La Corte Constitucional de Colombia ha señalado que dichos activos se deben utilizar para beneficiar a la sociedad, en este caso para cumplir con el artículo 64 de la Constitución, que ordena “al Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios de escasos recursos y para otros servicios públicos rurales, con el fin de mejorar el ingreso y la calidad de vida de la población campesina". La Ley 160, aprobada en 1994, permitió que el Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INCODER) adoptara decisiones sobre la asignación de tierras del Estado (baldíos) para la población rural de escasos recursos. La "Unidad de la Agricultura Familiar" (UAF) - establecida por la ley como la cantidad de tierras que se considera necesaria para que una familia obtenga un medio de vida decente - es el límite máximo que el Estado puede adjudicar a una sola persona. La misma Ley 160 de 1994 también prohibió que cualquier persona natural o jurídica acumulara mas de una UAF de tierras que hubiesen sido anteriormente adjudicadas como baldíos.
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Riccardo D’Emidio, Gerente Regional de Comunicaciones y Campañas, +52 1 55 1320 8796
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